Micelio

Artículo 2

Ley 46 de 1964 · por la cual la Nación se vincula a una campaña de salubridad rural y adiestramiento de personal en los Departamentos del Valle del Cauca y del Tolima.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las campañas de salubridad rural, de acuerdo con los planes elaborados por el Departamento del Valle, incluirán las siguientes zonas:

En el Municipio de Tuluá: Los Caimos, Farfán, La Holanda, Nariño, Barragán, Campoalegre, La Palmera, Aguaclara, Monteloro, La Selva.

En el Municipio de San Pedro: San José, Montegrande, Guayabal, Todosantos, Presidente, Los Chancos y Belén.

En el Municipio de Andalucía: Sanjón de Piedra, Zabaletas, Montehermoso, Campoalegre, Tamboral, El Santo y Pardo.

En el Municipio de Bugalagrande: El Overo, San Antonio, Mestizal, El Guayabo, Paila Arriba, Chontaduro y Uribe.

En el Municipio de Zarzal: Vallejuelo, Limones, Quebradanueva.

En el Municipio de Ríofrío: Madrigal, El Jagual, Portugal, La Cuchilla, la Zulia y La Arabia.

En el Municipio de Trujillo: Robledo, Huasanó, Venecia y Hato Viejo.

En el Municipio de Buga: Chambimbal, La Habana, La Magdalena, Monterrey, "El Vínculo".

En el Municipio de Buenaventura: Puerto Merizalde.

En el Municipio de Obando: Molina, Cruces.

En el Municipio de Bolívar: Guare.

En el Municipio de Candelaria: El Arenal.

En el Municipio de Pradera: El Hartonal.

En el Municipio de Cartago: Santa Ana, Zaragoza y Campoalegre.

En el Municipio de Palmira: Anaime, Boyacá, La Acequia y La Torre.

En el Municipio de La Victoria: Miravalles.

En el Municipio de La Unión: San Luis.

En el Municipio de Guacarí: Pavas, Pavitas.

En el Municipio de Sevilla: San Antonio, Corozal, Canoas, Palomino, La Cuchilla, La Estrella y Sabanazo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1964