Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2645 de 1980 · Por el cual se reglamenta la ley 5º de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones. El Comité Consultivo del Fondo Financiero Agropecuario ejercerá las siguientes funciones

a)

Distribuir el presupuesto de asignación crediticia entre las diferentes actividades financiables, teniendo en cuenta el monto global de recursos, y estructura de plazos establecidos por la Junta Monetaria y los programas específicos de producción señalados por el Ministerio de Agricultura:

b)

Autorizar los traslados presupuestales dentro de los programas establecidos y solicitar a la Junta Monetaria las adiciones presupuestales cuando las circunstancias lo requieran;

c)

Recomendar a la Junta Monetaria la refinanciación y prórroga de créditos otorgados cuando se reduzca considerablemente o se pierda la inversión por razones de fuerza mayor o caso fortuito, dentro de los montos de que trata el literal a);

d)

Reglamentar el control de las inversiones en los créditos agropecuarios con cargo a los recursos del Fondo: e). Elaborar y someter a la aprobación del Ministerio de Agricultura las pautas a las cuales deberá sujetarse el instituto Colombiano Agropecuario ICA, en la administración del Fondo de Asistencia Técnica para los pequeños agricultores y ganaderos y la supervisión del respectivo servicio: f) Establecer los honorarios por concepto de asistencia técnica en concordancia con lo previsto por el artículo 6º del presente Decreto; g) Revisar las formas documentarias y los trámites establecidos por el Fondo Financiero Agropecuario y disponer Ias modificaciones del caso de manera que se logre agilizar el trámite de las solicitudes de crédito; h) Controlar la ejecución del presupuesto de crédito programado y estudiar el presupuesto de gastos del Fondo que se presente a su consideración para someterlo a la aprobación del Banco de la República: i) Aprobar el programa de inversiones en asistencia técnica para pequeños agricultores y ganaderos que le presente el Instituto Colombiano Agropecuario ICA. CAPITULO II. De la asistencia técnica y el control de inversiones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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