Micelio

Artículo 6

Duración Y Prórroga De La Licencia

Decreto 1212 de 2004 · por el cual se reglamentan los Servicios Auxiliares de Ayuda, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Duración y prórroga de la licencia. Las licencias para la prestación del servicio se otorgarán hasta por un término de diez (10) años, el cual podrá ser prorrogado por períodos que sumados con el inicial, no superen los veinte (20) años. La prórroga de la licencia deberá ser solicitada por el titular antes de su vencimiento. T I T U L O III CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA RED

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1212 de 2004