Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La excepción de ilegimitidad de la personería ocurre en los casos siguientes:
1.
Cuando el demandante no es hábil para comparecer en juicio por si mismo.
2.
Respecto del apoderado y demás personas que gestionan a nombre de otras para que acrediten su representación; y
3.
Para que se pruebe la identidad de la persona que establece la demanda.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.