Nómbrase Director Administrador Ad Honorem De La Comisión A Que S E Refiere El Artículo 2
Decreto 2112 de 1919 · por el cual se reglamenta el cumplimiento de la Ley 37 de este año, en la parte referente al camino de Chipaque al río Meta.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Nómbrase Director Administrador ad honorem de la Comisión a que s e refiere el artículo 2.° del presente Decreto, al Reverendo Padre Bautista Arnaut; y fíjase en ciento cincuenta pesos ($ 150) la asignación mensual del Ingeniero de la misma Comisio y en cien pesos ($100) la de Ayudante Técnico, Tesorero Contador.
Parágrafo
Por Decreto separado, y una vez que haya tenido lugar la aprobación de la partida destinada a los gastos del camino en el Presupuesto Macionalse nombran estos dos últimos empleados Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.