Participación técnica colombiana en las producciones nacionales de largometraje. El porcentaje de personal técnico colombiano en las producciones nacionales de largometraje se acreditará únicamente con el personal que ejerza los cargos establecidos en la siguiente tabla:
Para la acreditación del porcentaje de personal técnico colombiano, se observarán los siguientes requisitos mínimos según el tipo de obra de que se trate, así:
Largometrajes de ficción: Cuando se trate de largometrajes de ficción, la producción deberá contar con la participación de por lo menos siete (7) de los cargos señalados en la tabla anterior.
Largometrajes de documental: Cuando se trate de largometraje documental, la producción deberá contar con la participación de por lo menos dos (2) de los cargos señalados en la tabla anterior.
Largometrajes de animación: Cuando se trate de largometrajes de animación, la producción deberá contar con la participación de por lo menos seis (6) de los cargos señalados en la tabla anterior.
primero. Las personas con las cuales se acredita la participación a la que se refiere el presente artículo deben desempeñarse en cargos diferentes.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.10.1.6. Porcentaje de técnicos colombianos. El porcentaje de personal técnico colombiano en las producciones y coproducciones cinematográficas nacionales se acreditará de la siguiente forma:
Cuando se trate de una producción nacional de largometraje o cortometraje de ficción, la producción deberá contar con la participación de por lo menos siete (7) de las siguientes personas:
Operador de cámara
Primer asistente de cámara o foquista
Gaffer, jefe de eléctricos, jefe de luces o jefe de luminotécnicos
Maquillador
Vestuarista
Ambientador o utilero
Script (Continuista)
Asistente de dirección
Director de casting
Efectos especiales en escena (SFX) (si aplica)
Efectos visuales (VFX I CGI) (si aplica)
Colorista
Microfonista
Grabador o artista de Foley
Editor de diálogos o efectos
Mezclador
Cuando se trate de una producción nacional de largometraje o cortometraje documental, la producción deberá contar con la participación de por lo menos dos (2) de las siguientes personas:
Operador de cámara
Primer asistente de cámara o foquista (si aplica)
Asistente de dirección
Efectos especiales (si aplica)
Microfonista o editor de sonido
Mezclador
Cuando se trate de una producción nacional de largometraje o cortometraje de animación, la producción deberá contar con la participación de por lo menos seis (6) de las siguientes personas:
Asistente de animación
Operario de composición
Director técnico
Coordinador de pipeline
Artista 3D
Asistente de dirección
Ilustrador
Constructor (muñecos, escenarios)
Programador
Grabador de diálogos o grabador o artista de foley
Mezclador
Cuando se trate de una coproducción nacional de largometraje de ficción, documental o animación, la participación técnica colombiana que intervenga en ella se establecerá en concordancia con la participación económica nacional, de acuerdo con la siguiente tabla:
Participación económica nacional
Personal técnico elegible Ficción
Personal técnico elegible Documental
Personal técnico elegible Animación
61% en adelante
4
2
4
41% a 60%
3
2
3
20% a 40%
2
2
2
Las participaciones intermedias a las aquí señaladas se aproximarán a la decena entera más cercana.
La lista del personal técnico elegible para largometrajes de ficción es la siguiente:
Operador de cámara, primer asistente de cámara o foquista
Gaffer, jefe de eléctricos, jefe de luces o jefe de luminotécnicos
Maquillador o vestuarista
Ambientador o utilero
Script (Continuista)
Asistente de dirección
Director de casting
Efectos especiales en escena (SFX) (si aplica)
Efectos visuales (VFX I CGI) (si aplica)
Colorista
Microfonista o grabador o artista de Foley
Editor de diálogos o de efectos o mezclador
La lista del personal técnico elegible para largometrajes de documental es la siguiente:
Camarógrafo
Primer asistente de cámara o foquista (si aplica)
Asistente de dirección
Efectos especiales (si aplica)
Microfonista
Mezclador o Editor de sonido
La lista del personal técnico elegible para largometrajes de animación es la siguiente:
Asistente de animación
Operario de composición
Director técnico
Coordinador de pipeline
Artista 3D
Asistente de dirección
Ilustrador
Constructor (muñecos, escenarios)
Programador
Microfonista, grabador de diálogos, o grabador o artista de Foley
Editor de diálogos o de efectos, o mezclador.
Primero. Los cortometrajes de coproducción nacional no requieren de la participación de personal técnico colombiano.
Segundo. Las personas con las cuales se acredita la participación a la que se refiere el presente artículo deben desempeñarse en cargos diferentes.
(Decreto número 358 de 2000, Artículo 9º, Modificado por el Decreto número 255 de 2013, Artículo 2º)
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