Micelio

Artículo 66

Derogado

Ley 90 de 1946 · Por la cual se establece el seguro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Toda omisión de inscripción o declaración, inscripción o declaración tardía, o declaración inexacta, además de las sanciones disciplinarias o penales, dará lugar acción de responsabilidad civil contra el patrono o trabajador respectivo. la caja seccional tendrá derecho exigir no solo el pago de las cotizaciones atrasadas, sino también el reembolso ya sea de la totalidad de las prestaciones suministradas, o bien de la diferencia entre esas prestaciones y las que habrían causado si las inscripciones o declaraciones hubieran sido oportunas o exactas. Vigente desde: 26/12/1946 y hasta el: 26/03/1971

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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