Art. único . Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional en el Rosario do Cúcuta, la cantidad de treinta i seis pesos ($ 36) anuales, que se imputará al Presupuesto del año económico en curso, departamento de correos, capítulo 2.°, artículo 3.°
Decreto 92 de 1874 →Vigente
Artículo 3
Dado En Bogotá, A 12 De Marzo De 1874
Decreto 92 de 1874 · Por el cual se asigna una suma anual para gastos de material de la Administración subalterna de Hacienda Nacional en el Rosario de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.