Micelio

Artículo 2.2.5.1.4

Requisitos Para El Nombramiento Y Ejercer El Empleo

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para el nombramiento y ejercer el empleo. Para ejercer un empleo de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, se requiere

1.

Reunir los requisitos y competencias que la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales exijan para el desempeño del cargo.

2.

No encontrarse inhabilitado para desempeñar empleos públicos de conformidad con la Constitución y la ley.

3.

No estar gozando de pensión o tener edad de retiro forzoso, con excepción de los casos señalados en la ley.

4.

No encontrarse en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.

5.

Tener definida la situación militar, en los casos a que haya lugar.

6.

Tener certificado médico de aptitud física y mental y practicarse el examen médico de ingreso, ordenado por la entidad empleadora.

7.

Ser nombrado y tomar posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1083 de 2015