Micelio

Artículo 2

De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 30 Del Código Contencioso Administrativo, A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, El Director Del Icfes Podrá Resolver El Recurso De Reposición Interpuesto Contra La Resolución De Inscripción De Rector Y Todas Las Demás Actuaciones De La Fundación Universitaria San Martín En Que Sea Competente

Decreto 401 de 1989 · Por el cual se resuelve una recusación contra el Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, a partir de la vigencia del presente Decreto, el Director del ICFES podrá resolver el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de inscripción de rector y todas las demás actuaciones de la Fundación Universitaria San Martín en que sea competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 401 de 1989