Micelio

Artículo 9

Sección De Administración De Personal

Decreto 533 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 040 de noviembre 20 de 1986 de la Junta Directiva de la CAR que establece la estructura orgánica y de termina las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Sección de Administración de Personal. Son funciones de la Sección de Administración de Personal, las siguientes

a)

Elaborar los estudios de estructura salarial y someterlos a consideración de la División de Recursos Humanos.

b)

Elaborar los proyectos de resoluciones sobre liquidación de prestaciones sociales, pensiones, reajustes pensionales y demás reconocimientos conforme a las normas y reglamentos vigentes. c)Elaborar y tramitar las nóminas de personal activo y pensionado de la corporación. d)preparar y practicar las pruebas sobre selección de personal y efectuar los trámites correspondientes a los concursos de ascenso. e) Llevar y mantener actualizados los registros, el control y las estadísticas de personal al servicio de la Corporación. f) Coordinar con la Oficina de Informática el procesamiento de información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento. g) Rendir informes a la División de Recursos Humanos sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados. h) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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