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Artículo 71

Dirección De Carrera Administrativa

Decreto 267 de 2000 · Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Carrera Administrativa. Son funciones de la Dirección de Carrera Administrativa

1.

Establecer lineamientos para el funcionamiento de la carrera administrativa de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Superior de Carrera.

2.

Diseñar y evaluar los sistemas de selección y promoción del personal vinculado a la carrera administrativa.

3.

Diseñar los sistemas de evaluación y establecer los parámetros para la elabo­ración de los instrumentos de evaluación del desempeño de los empleados de carrera y en período de prueba.

4.

Diseñar y elaborar las convocatorias para los concursos o procesos de selección que adelante la Contraloría General de la República para la provisión de los empleos de carrera y presentarlas al Consejo Superior de Carrera para su aproba­ción.

5.

Dirigir el diseño de pruebas para el proceso de selección, supervisar la contrata­ción de los entes autorizados al efecto y ejercer la interventoría que corresponda.

6.

Asesorar al Consejo Superior de Carrera Administrativa en los temas relaciona­dos con el sistema especial de carrera de la Contraloría General de la República.

7.

Sustanciar y tramitar las peticiones, las solicitudes, las reclamaciones y los de­más aspectos relacionados con los asuntos de los que deberá conocer el Consejo Superior de Carrera Administrativa.

8.

Proyectar, con la investigación de los hechos y la fundamentación jurídica nece­saria, los actos administrativos que adopte el máximo órgano de administración de la carrera administrativa de la Contraloría General de la República y someter­los a su consideración.

9.

Llevar el registro público de personal de carrera administrativa y certificar las anotaciones en el mismo cuando ello fuere necesario.

10.

Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Contralor General de la República o el Gerente Administrativo y Financiero y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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