Dirección General Ambiental Sectorial. La Dirección General Ambiental Sectorial cumplirá las siguientes funciones
Proponer las políticas y definir las bases técnicas para las regulaciones ambientales en materia de prevención y control de la contaminación de los recursos naturales renovables y el medio ambiente resultante de actividades económicas, de servicios y de contexto urbano.
Participar en el proceso de evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo ecológico y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales y definir estrategias y metodologías para prevenirlos o combatirlos.
Definir los criterios, metodologías y estrategias de evaluación, manejo, seguimiento y monitoreo del impacto ambiental de las actividades económicas y de desarrollo, incluido el contexto urbano.
Establecer criterios técnicos para expedir la regulación en materia de distribución y uso de las sustancias químicas o biológicas, control de contaminación atmosférica, hídrica, suelos, paisaje y residuos.
Promover programas para la adopción de tecnologías más limpias, de eficiencia energética, de minimización y aprovechamiento de residuos en actividades económicas, de servicios y urbanos.
Presentar a consideración de Viceministro, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.