Micelio

Artículo 40

Decreto 1962 de 1988 · Por el cual se adiciona la estructura administrativa del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DIRECCIONES REGIONALES. Las Direcciones Regionales dependerán directamente del Jefe del Departamento y cumplirán las funciones siguientes

1.

Planear, dirigir, coordinar y ejecutar a través de sus dependencias los procesos de recolección, análisis procesamiento, edición y divulgación de la información estadística, de acuerdo con las políticas y programas del Departamento.

2.

Proponer y desarrollar las investigaciones estadísticas que se consideren necesarias para el desarrollo integral de la respectiva región.

3.

Asistir técnicamente en materia estadística a las autoridades regionales y municipales.

4.

Impulsar la creación y funcionamiento de los Comités de Estadística en las regiones y municipios.

5.

Dirigir y desarrollar las políticas administrativas del Departamento en la correspondiente jurisdicción.

6.

Orientar y supervisar las actividades de captura y procesamiento de la información que se produzca en la Regional.

7.

Orientar las actividades de edición de las publicaciones que se originen en la respectiva Regional, así como de difusión de la información producida por el DANE, tanto a nivel nacional como regional.

8.

Promover la asesoría y venta de servicios que requieran las entidades a nivel regional.

9.

Administrar los recursos financieros asignados para el desarrollo de las actividades de la Regional.

10.

Presentar al Jefe del Departamento los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

11.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Dirección Regional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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