Estos créditos ejecutivos suplementales figurarán en las cuentas de la Secretaria de Guerra i Marina, conforme a lo dispuesto en el artículo 90 de la lei ántes citada, orgánica de la Hacienda nacional; i de acuerdo con el artículo 91 de la misma lei. Dése cuenta al Congreso para la regularizacion legislativa.
Decreto 18680120 de 1868 →Vigente
Artículo 2
Decreto 18680120 de 1868 · abriendo un crédito ejecutivo suplemental para la vigencia económica de 1866 a 1867.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.