Micelio

Artículo 20

Decreto 1137 de 1996 · por el cual se reglamenta la administración, asignación y gestión del espectro electromagnético atribuido a la radiocomunicación espacial, para ser utilizado por las redes satelitales, incluido el segmento espacial y el segmento terreno.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la autorización del uso del segmento espacial. Compete al Ministerio de Comunicaciones autorizare el uso de segmento espacial para proveer servicios de telecomunicaciones en el país o en conexión con el exterior o para realizar actividades de telecomunicaciones así como asignar las frecuencias correspondientes en concordancia con lo establecido en los artículos 20 y 23 del Decreto-ley 1900 de 1990. Esta autorización se entiende concedida cuando la disposición que habilite para prestar servicios o el permiso para realizar actividades de telecomunicaciones, contemple la posibilidad de operar redes satelitales pero estará sujeta al cumplimiento de las normas establecidas en este Decreto y en la regulación internacional . La fuerza pública y demás organismos de seguridad del Estado tendrán acceso prioritario al segmento espacial, por parte de los proveedores de estos recursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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