✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Llegado el día de la audiencia el juez oirá los alegatos verbales que hagan el Fiscal y el reo y su defensor; agregará al expediente los que le presenten escritos, y fallará la causa dentro de las veinticuatro horas siguientes, pudiendo antes consultar al Auditor de Guerra.
No es permitida en las audiencias la lectura de alegatos escritos.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.