N se concederá a favor de las loterías que en lo sucesivo se establezcan exenciones de derechos ó contribuciones municipales o departamentales, ni se otorgará á los Agentes de las Empresas de lotería el uso de la jurisdicción coactiva ni prerrogativas de ninguna clase.
Ley 98 de 1888 →Vigente
Artículo 6
Ley 98 de 1888 · Por la cual se autoriza al Gobierno para reglamentar las loterías establecidas en la República y que en adelante se establezcan
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.