Micelio

Artículo 7

Ley 1801 de 2016 · LEY 1801 DE 2016, 29/07/2016, por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Finalidades de la convivencia . Son fines esenciales de las normas de convivencia social previstas en este Código:

1.

Que el ejercicio de los derechos y libertades sean garantizados y respetados en el marco de la Constitución y la ley.

2.

El cumplimiento de los deberes contenidos en la Constitución, la ley y las normas que regulan la convivencia.

3.

El respeto por las diferencias y la aceptación de ellas.

4.

La resolución pacífica de los desacuerdos que afecten la convivencia.

5.

La convergencia de los intereses personales y generales para pro-mover un desarrollo armónico.

6.

prevalencia de los valores sociales de solidaridad, tolerancia, responsabilidad, honradez, respeto, bondad, libertad, justicia, igualdad, fraternidad, lealtad, prudencia y paz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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