Micelio

Artículo 1

Del Decreto Número 2767 De 11 De Agosto Do 1948: Contador De Almacenes, Con Doscientos Sesenta Pesos ($ 260), De Asignación Mensual; Jefe De Personal Y Ayudante Do Kárdex, Con Doscientos Diez Pesos ($ 210); Sub-Almacenista Del Almacén En Cartagena, Doscientos Cuarenta Pesos ($ 240); E Inspector De Sanidad, Con Doscientos Cuarenta Pesos ($ 240)

Decreto 3839 de 1948 · Por el cual se crean varios cargos en la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Restablécense los siguientes puestos, en la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena, a los cuales se refiero, el artículo 1º del Decreto número 2767 de 11 de agosto do 1948: Contador de Almacenes, con doscientos sesenta pesos ($ 260), de asignación mensual; Jefe de Personal y Ayudante do Kárdex, con doscientos diez pesos ($ 210); Sub-almacenista del Almacén en Cartagena, doscientos cuarenta pesos ($ 240); e Inspector de Sanidad, con doscientos cuarenta pesos ($ 240).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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