Micelio

Artículo 3

Decreto 691 de 2002 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Vicecontralor. A partir del 1º de enero de 2002, el Vicecontralor tendrá derecho a percibir una remuneración mensual de seis millones setecientos diecinueve mil doscientos setenta pesos ($6.719.270) moneda corriente, de los cuales el 50% corresponde a gastos de representación. Además, tendrá derecho a percibir una prima de alta gestión equivalente a un millón setecientos cincuenta y tres mil treinta y ocho pesos ($1.753.038) moneda corriente y una prima técnica equivalente a la suma de dos millones ciento noventa y un mil doscientos noventa y siete pesos ($2.191.297) moneda corriente. La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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