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Artículo 1

La Policía Nacional Es Un Cuerpo Armado De Carácter Permanente, Que Hace Parte De La Fuerza Pública, Creada Para La Guarda Del Orden Público Interno

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Policía Nacional es un cuerpo armado de carácter permanente, que hace parte de la fuerza pública, creada para la guarda del orden público interno. La Policía Nacional está integrada por el personal uniformado eminentemente técnico, y por los empleados públicos y trabajadores oficiales. Unos y otros están sujetos a reglas propias de disciplina.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2347 de 1971