Art. 2.° Respecto de los empleados que no tienen señalado sueldo fijo en el Presupuesto nacional se determinara la asignación de que deben gozar por Decretos ejecutivos especiales, de modo que el aumento que se les asigne sea proporcional al decretado en el artículo anterior para los funcionarios que no están en este caso, y solo hasta el 31 de Diciembre próximo.
Decreto 1072 de 1901 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1072 de 1901 · Por el cual se reforma el marcado con el número 945, de 31 de julio último
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.