Micelio

Artículo 5

Oficina De Control Calidad

Decreto 498 de 2002 · por el cual se modifica la Estructura de la Corporación de la Industria Aeronáutica colombiana, CIAC S.A., y se fijan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Control Calidad . Son funciones de la Oficina de Control Calidad, las siguientes

1.

Responder porque todas las inspecciones se realicen siguiendo específicamente instrucciones y lineamientos de los manuales respectivos en todos los trabajos de mantenimiento terminados al igual con las tarjetas de inspección, informes y formas utilizadas por el taller reparador.

2.

Velar para que el personal de inspectores a su cargo conozca las directivas de aeronavegabilidad, además de los manuales que afectan los productos aeronáuticos para los cuales está habilitado el taller en las especificaciones de operación autorizadas.

3.

Mantener y conservar actualizado el archivo de las directivas de aeronavegabilidad, boletines de servicio, órdenes, circulares de asesoramiento, tipos y manuales del fabricante de cada uno de los productos aeronáuticos que el taller reparador mantiene.

4.

Planear, organizar, dirigir, asesorar y controlar los diferentes planes, procedimientos y normas que deben seguirse para desarrollar los programas de seguridad industrial, salud ocupacional y riesgos profesionales aplicables a la CIAC.

5.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 498 de 2002