Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1906 de 1995 · por el cual se declara como Monumento Nacional, la Colección de orfebrería del Museo del Oro del Banco de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Declarar como Monumento Nacional la Colección de Orfebrería del Museo del Oro del Banco de la República.

Parágrafo

La colección está conformada en la actualidad por treinta y tres mil ciento cincuenta y seis (33.156) piezas, registradas en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. Por lo tanto las piezas que en el futuro adquiera el Museo del Oro del Banco de la República, ingresarán a la colección una vez se realice el correspondiente registro en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. No podrán ser trasladadas de la sede del Museo del Oro, temporal ni definitivamente sin la previa autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, ya sea dentro del territorio nacional o fuera del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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