°. Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes: 9.1 Atender los procesos judiciales y extrajudiciales en los cuales sea parte el Instituto y suministrar al Ministerio de Justicia las informaciones y documentos requeridos, seguir el curso de los mismos e informar sobre su estado al Director General. 9.2 Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que esta deba promover mediante poder o delegación que le otorgue el Director General y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos. 9.3 Atender, controlar y vigilar los asuntos de carácter jurídico tramitados ante cualquier autoridad administrativa o jurisdiccional del país y efectuar el seguimiento y evaluación de los asuntos que sean gestionados por intermedio de apoderados. 9.4 Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de conciliación. 9.5 Coordinar la atención de las tutelas, acciones de cumplimiento y demás acciones constitucionales que se profieran en contra del Instituto. 9.6 Suministrar a la entidad competente, la documentación e información necesaria para la defensa de los intereses del Instituto, en los juicios en que sea parte la entidad. 9.7 Legalizar los bienes del Instituto y adelantar los procesos de expropiación una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando sea necesario para la ejecución de los proyectos del Instituto. 9.8 Asesorar al Despacho del Director General y demás dependencias del Instituto en los asuntos de carácter jurídico de competencia del Instituto y emitir los conceptos requeridos. 9.9 Velar por el cumplimiento de las normas relativas al Instituto y conceptuar sobre los temas de carácter jurídico que permitan orientar la actividad del Instituto. 9.10 Preparar en coordinación con las demás dependencias los proyectos de ley, decretos y resoluciones que requiera el Instituto en el desarrollo de sus competencias y funciones. 9.11 Atender y resolver las consultas y peticiones elevadas al Instituto formuladas por autoridades administrativas o jurisdiccionales, al igual que las presentadas por otras dependencias, entidades o particulares, cuando traten asuntos que competan al Invías. 9.12 Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden al Instituto por todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo, y adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva. 9.13 Efectuar la liquidación de las sentencias a cargo del Instituto. 9.14 Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de información necesarios para que la Oficina pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.
Decreto 2618 de 2013 →Vigente
Artículo 9
Oficina Asesora Jurídica
Decreto 2618 de 2013 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías (Invías) y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.