Micelio

Artículo 4

Ley 13 de 1968 · Por la cual la Nación contribuye al desarrollo del Municipio de Barrancabermeja, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Nacional de Planeación y los Ministerios respectivos, así como los Institutos descentralizados, si fuere el caso, cooperarán en la realización de los estudios y elaboración de los planes de desarrollo de la ciudad de Barrancabermeja, y una vez aprobados por el Consejo Municipal, se ejecutarán dentro de la órbita que le es propia a cada uno de ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1968