Serán funciones de esta División, las siguientes:
Elaborar los estudios económicos y financieros relacionados con planes y programas de desarrollo urbano y vivienda social que se proponga adelantar el Gobierno;
Realizar investigaciones sobre las necesidades de los sectores de bajos ingresos de la población a los cuales deban ser orientados los planes y programas de vivienda social;
Realizar estudios sobre el origen y fuentes de recursos financieros que permitan implementar planes y programas de vivienda social;
Efectuar análisis financiero de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio que desarrollen planes y programas de vivienda social;
Recopilar y analizar datos sobre las inversiones públicas orientadas a la vivienda social, y la medición de resultados de las mismas;
Actuar como organismo asesor y secretarial del comité sectorial o técnico, en el cual se discutan los planes y programas financieros para la vivienda social, para lo cual diseñará y elaborará tanto los estudios, planes, programas y medidas específicos para su implementación que deben someterse a consideración del comité, así como aquellos que estos mismos ordenen elaborar;
Evaluar periódicamente los resultados de los distintos planes y programas a que se refieren los literales anteriores e introducir en ellos los ajustes que las varias situaciones y la experiencia aconsejen;
Revisar cada uno de los proyectos que integran los planes y programas en materia de vivienda social que sean de competencia del Ministerio;
Desarrollar las demás actividades que le asignen la ley o el reglamento.