Micelio

Artículo 4

El Banco De La Republica Queda Facultado Para Contratar La Impresión De Los Bonos A Que Se Refiere Este Decreto Y De Una Cantidad Razonable, Destinados A Atender El Cambio De Los Deteriorados, Los Títulos Será Iguales A Los De La Emisión Primitiva, Con Una Leyenda En Lugar Visible Que Haga Mención Del Presente Decreto, Y Al Ser Entregados A Los Suscriptores, El Gobierno Retendrá En Todo Los Primeros Diez Y Seis (16)cupones

Decreto 31 de 1945 · Se autoriza una emisión adicional de bonos dinu

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El banco de la republica queda facultado para contratar la impresión de los bonos a que se refiere este decreto y de una cantidad razonable, destinados a atender el cambio de los deteriorados, los títulos será iguales a los de la emisión primitiva, con una leyenda en lugar visible que haga mención del presente decreto, y al ser entregados a los suscriptores, el gobierno retendrá en todo los primeros diez y seis (16)cupones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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