Micelio

Artículo 2

Red De Telefonía Móvil Celular

Decreto 2824 de 1991 · por el cual se reglamenta la telefonía móvil celular y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Red de telefonía móvil celular . Red de Telefonía Móvil Celular es la red de telecomunicaciones del Estado, autorizada a los concesionarios del servicio definido en el presente Decreto. Esta red está destinada en primera instancia a la prestación al público del servicio de telefonía móvil celular, en la cual el espectro radioeléctrico asignado se divide en canales discretos, los cuales a su vez son asignados en grupos de células geográficas para cubrir un área. Los canales discretos son susceptibles de ser reutilizados en diferentes células dentro del área de cubrimiento. La red de telefonía móvil celular se compone de los siguientes subsistemas principales: --Subsistema de conmutación: Conformado por los Centros de Conmutación de Servicios Móviles (CCM) las Unidades Remotas (UR), encargados de hacer la interconexión de los usuarios móviles entre sí y con la Red Telefónica Pública Conmutada (RTPC). --Subsistema de radiación: Conformado por Ios Equipos de la Estación Base (EB), que realizan la interconexión entre las Estaciones Móviles (EM) o terminales del abonado y los CCM. --Subsistema de transmisión: Conformado por la infraestructura de transmisión la cual permite la interconexión de las EB con los CCM, de los CCM entre sí, y entre éstos y la RTPC. La transmisión entro CCM podrá hacerse a través de redes propias del concesionario o a través de canales o circuitos arrendados. --Subsistema de localización y control: Conformado por los recursos físicos y lógicos de los centros de localización y control integrados a cada CCM e interconectados nacionalmente. --Subsistema de operación y mantenimiento: Conformado por el Centro de Operación y Mantenimiento (COM).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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