°. Los actuales empleados del Departamento Administrativo de Planeación que sean designados en cargos cuyos sueldos fueren inferiores a los que estén devengando en el momento de incorporarse a la planta establecida por el presente Decreto, continuarán recibiendo el sueldo anterior, hasta que se retiren o pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad se computarán sobre los sueldos básicos. Cuando el empleo quede vacante, la persona que entre a ocuparlo recibirá el sueldo señalado en este Decreto. Igual regla se aplicará a los empleados que en virtud de los contratos celebrados con el Banco de la República prestan hoy sus servicios al Departamento Administrativo de Planeación y que las disposiciones que se dicten en desarrollo del presente Decreto incorporen al Departamento con la calidad de Empleados Públicos. En este caso, se tomarán en cuenta para todos los efectos del inciso anterior, la totalidad de los ingresos libres de descuentos que reciben en la actualidad dichas personas.
Artículo 5
Los Actuales Empleados Del Departamento Administrativo De Planeación Que Sean Designados En Cargos Cuyos Sueldos Fueren Inferiores A Los Que Estén Devengando En El Momento De Incorporarse A La Planta Establecida Por El Presente Decreto, Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior, Hasta Que Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán Sobre Los Sueldos Básicos
Decreto 3054 de 1968 · Por el cual se determina la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación, se fijan las remuneraciones correspondientes, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.