Micelio

Artículo 63

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Operaciones Internacionales de la Subdirección de Operaciones Financieras del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Concertar la realización de inversiones financieras en el exterior y operaciones de cubrimiento cambiario, tales como opciones y futuros con la autorización del Consejo Superior de política Fiscal -CONFIS- y con estricta sujeción a las disposiciones cambiarias, previo análisis de riesgo y enmarcadas dentro de los cupos aprobados por el Director;

b)

Recomendar alternativas de inversión en el corto, mediano y largo plazo en activos financieros del mercado internacional de capitales que optimicen el portafolio del Tesoro Nacional, para ser analizadas por el tesorero Nacional;

c)

Realizar las operaciones a su cargo con la mayor seguridad, el menor riesgo posible y cumpliendo las políticas y normas establecidas por el Tesorero Nacional;

d)

Colaborar con la Subdirección de Planeación en la realización de estudios sobre las variaciones de los diferentes tipos de cambio y rentabilidad de activos financieros para recomendar alternativas de inversión en diferentes monedas, con el fin de optimizar el portafolio del Tesoro Nacional;

e)

Coordinar el proceso de emisión, edición, entrega, sustitución, e incineración de los Títulos de Deuda Externa de la Nación y proyectar los actos administrativos correspondientes;

f)

Ejercer el control de recuperación de cartera de los créditos de tesorería denominados en moneda extranjera;

g)

Efectuar control y seguimiento a las inversiones transitorias en el exterior y determinar su reinversión o liquidación;

h)

Elaborar un registro diario sistematizado del estado de los activos financieros del portafolio del Tesoro Nacional denominados en moneda extranjera;

i)

Elaborar informe mensual sobre el estado y movimiento de los activos financieros del portafolio del Tesoro Nacional denominados en moneda extranjera;

j)

Velar por el cumplimiento de los indicadores de gestión determinados mediante la planificación estratégica, que permitan medir el cumplimiento de los objetivos de la dependencia y evaluar el desempeño de los funcionarios a su cargo;

k)

Las demás que le sean asignadas según la naturaleza de sus funciones. CAPITULO VI. FUNCIONES GENERALES, ESTRUCTURA Y DESCRIPCION DE FUNCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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