ARTICULO 134. Prescripción de la acción disciplinaria . La acción disciplinaria prescribirá a los diez (10) años de haber ocurrido los hechos constitutivos de la falta. TITULO IX REGIMEN PRESUPUESTAL
Decreto 1421 de 1993 →Vigente
Artículo 134
Prescripción De La Acción Disciplinaria
Decreto 1421 de 1993 · “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.