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Artículo 4

Modifíquese El Artículo 25 Del Decreto Número 2972 De 2013, El Cual Quedará Así: “ Artículo 25

Decreto 214 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto número 2972 de 2013.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 25 del Decreto número 2972 de 2013, el cual quedará así: “ Artículo 25. Declaración y pago bimestral del impuesto sobre las ventas. Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2013, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($2.469.372.000) así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre. Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del MT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación, serán los siguientes: Si el último dígito es Bimestre enero-febrero 2014 hasta el día Bimestre marzo-abril 2014 hasta el día Bimestre mayo-junio 2014 hasta el día 1 11 de marzo de 2014 9 de mayo de 2014 8 de julio de 2014 2 12 de marzo de 2014 12 de mayo de 2014 9 de julio de 2014 3 13 de marzo de 2014 13 de mayo de 2014 10 de julio de 2014 4 14 de marzo de 20l4 14 de mayo de 2014 11 de julio de 2014 5 17 de marzo de 2014 15 de mayo de 2014 14 de julio de 2014 6 18 de marzo de 2014 16 de mayo de 2014 15 de julio de 2014 7 19 de marzo de 2014 19 de mayo de 2014 16 de julio de 2014 8 20 de marzo de 2014 20 de mayo de 2014 17 de julio de 2014 9 21 de marzo de 2014 21 de mayo de 2014 18 de julio de 2014 0 25 de marzo de 2014 22 de mayo de 2014 21 de julio de 2014 Si el último dígito es Bimestre julio-agosto 2014 hasta el día Bimestre septiembre-octubre 2014 hasta el día Bimestre noviembre-diciembre 2014 hasta el día 1 8 de septiembre de 2014 11 de noviembre de 2014 14 de enero de 2015 2 9 de septiembre de 2014 12 de noviembre de 2014 15 de enero de 2015 3 10 de septiembre de 2014 13 de noviembre de 2014 16 de enero de 2015 4 11 de septiembre de 2014 14 de noviembre de 2014 19 de enero de 2015 5 12 de septiembre de 2014 18 de noviembre de 2014 20 de enero de 2015 6 15 de septiembre de 2014 19 de noviembre de 2014 21 de enero de 2015 7 16 de septiembre de 2014 20 de noviembre de 2014 22 de enero de 2015 8 17 de septiembre de 2014 21 de noviembre de 2014 23 de enero de 2015 9 18 de septiembre de 2014 24 de noviembre de 2014 26 de enero de 2015 0 19 de septiembre de 2014 25 de noviembre de 2014 27 de enero de 2015

Parágrafo

Para los responsables del Impuesto sobre las Ventas por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 se les autorizó el plazo especial de que trata el

Parágrafo 1

del artículo 23 del Decreto número 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar vencerá en las siguientes fechas: Bimestre enero-febrero 2014 hasta el día Bimestre marzo-abril 2014 hasta el día Bimestre mayo-junio 2014 hasta el día 25 de marzo de 2014 26 de mayo de 2014 25 de julio de 2014 Bimestre julio-agosto de 2014 hasta el día Bimestre septiembre-octubre 2014 hasta el día Bimestre noviembre-diciembre 2014 hasta el día 25 de septiembre de 2014 25 de noviembre de 2014 26 de enero de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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