Micelio

Artículo 80

De Las Reuniones Periódicas De Las Juntas Deberá Quedar Constancia Por Escrito, En Actas Que Serán Enviadas Al Director Del Centro De Atención

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las reuniones periódicas de las Juntas deberá quedar constancia por escrito, en actas que serán enviadas al Director del Centro de Atención. Copia de las mismas deberá reposar en el archivo de la respectiva Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2747 de 1989