Micelio

Artículo 2

Ley 26 de 1987 · por medio de la cual se aprueba la "Convención Internacional para la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid", suscrita en New York el 30 de noviembre de 1973.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944, en relación con la Convención que por esta misma Ley se aprueba.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 26 de 1987