Micelio

Artículo 1

Decreto 484 de 1963 · Por el cual se fija nueva abscisa cero de las carreteras nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Fijase como punto de referencia y de partida de todas las carreteras nacionales, el sitio en que se encuentra erigida la estatuta del Libertador Simón Bolívar en la Plaza del mismo nombre de esta ciudad capital, punto que constituirá la Abscisa Cero de las carreteras nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 484 de 1963