Micelio

Artículo 2.2.8.2.1.13

Faltas Absolutas

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Faltas absolutas. Son faltas absolutas del representante de las organizaciones ambientales no gubernamentales, las siguientes:

a)

Renuncia;

b)

Declaratoria de nulidad de la elección;

c)

Condena a pena privativa de la libertad;

d)

Interdicción judicial;

e)

Incapacidad física permanente;

f)

Inasistencia a más de dos reuniones seguidas del Consejo Nacional Ambiental sin justa causa;

g)

Muerte.

(Decreto 1668 de 2002, artículo 4°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 2015