° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 1403 de 1990 →Vigente
Artículo 4
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 1403 de 1990 · por el cual se modifican los artículos 1°, 2° y 4° del Decreto número 1286 de fecha 15 de junio de 1990
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.