º. El numeral 1º del artículo 3º del Decreto 814 de 1994 quedara así: "1o. Primero se ofrecerá a precio fijo la totalidad de las acciones objeto del presente programa, a los trabajadores activos y pensionados del Banco Popular, así como de la Sociedad Fiduciaria, del Almacén General de Depósito, de la sociedad comisionista de bolsa y de la sociedad de leasing-compañía de financiamiento comercial en cuyos capitales participa en forma mayoritaria el Banco Popular; a los fondos de empleados, fondos mutuos de inversión de empleados, fondos de cesantías y de pensiones, cooperativas, sindicatos de trabajadores y federaciones y confederaciones de sindicatos de trabajadores que cuenten con aprobación de la Superintendencia Bancaria cuando sea necesaria conforme a la ley."
Decreto 987 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 987 de 1994 · Por el cual se modifica el Decreto 814 de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.