Micelio

Artículo 11

Son Funciones Del Coordinador Ejecutivo: A) Responder Ante El Jefe De La División Por La Buena Marcha De Las Dependencias A Su Cargo, Y Del Ejercicio De Las Funciones Que Le Corresponden; B) Dirigir Y Coordinar La Ejecución De Los Programas Y Actividades Que Han De Desarrollar Los Grupos Que Componen La Oficina De Coordinación Ejecutiva; C) Estudiar Y Resolver Los Problemas De Las Dependencias A Su Cargo; D) Asesorar Al Jefe De La División En El Estudio Y Resolución De Los Problemas Propios De La División; E) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Sus Subalternos Y Presentar, A La Vez, Los Informes Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos, Según El Reglamento General; F) Servir De Enlace Entre La División Y Las Dependencias De La Rama Administrativa Del Ministerio, En La Tramitación De Los Asuntos Relacionados Con Los Servicios Que Interesen A La División Y A Sus Dependencias; G) Dirigir Y Coordinar La Labor De Inspección Ejecutiva Sobre Las Tesorerías Regionales A Través Del Grupo De Inspección Ejecutiva; H) Atender Al Buen Funcionamiento De La Organización Administrativa De Las Tesorerías Regionales; I) Participar, En Coordinación Con La División De Personal Del Ministerio, En El Reclutamiento, Capacitación Y Adiestramiento Del Personal De La División; J) Servir De Coordinador Entre Las Dependencias Centrales De La División Y Las Tesorerías Regionales Para Los Efectos De Impartir Instrucciones, Órdenes Y Orientaciones Sobre Los Aspectos Técnicos Y Administrativos; K) Atender Los Asuntos Relacionados Con La Administración Del Personal, Verificar Las Quejas Y Reclamos, Comprobar El Comportamiento De Los Empleados Y Proponer Las Soluciones Adecuadas De Acuerdo Con Los Reglamentos; L) Colaborar Con La Oficina De Organización Y Métodos Del Ministerio En El Estudio Y Adopción De Los Sistemas Y Procedimientos Que Deban Implantarse En La División

Decreto 1714 de 1960 · Por el cual se organiza la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Coordinador Ejecutivo

a)

Responder ante el Jefe de la División por la buena marcha de las dependencias a su cargo, y del ejercicio de las funciones que le corresponden;

b)

Dirigir y coordinar la ejecución de los programas y actividades que han de desarrollar los Grupos que componen la Oficina de Coordinación Ejecutiva;

c)

Estudiar y resolver los problemas de las dependencias a su cargo;

d)

Asesorar al Jefe de la División en el estudio y resolución de los problemas propios de la División;

e)

Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos y presentar, a la vez, los informes sobre las labores desarrolladas y los resultados obtenidos, según el reglamento general;

f)

Servir de enlace entre la División y las dependencias de la Rama Administrativa del Ministerio, en la tramitación de los asuntos relacionados con los servicios que interesen a la División y a sus dependencias;

g)

Dirigir y coordinar la labor de inspección ejecutiva sobre las Tesorerías Regionales a través del Grupo de Inspección Ejecutiva;

h)

Atender al buen funcionamiento de la organización administrativa de las Tesorerías Regionales;

i)

Participar, en coordinación con la División de Personal del Ministerio, en el Reclutamiento, capacitación y adiestramiento del personal de la División;

j)

Servir de coordinador entre las dependencias centrales de la División y las Tesorerías Regionales para los efectos de impartir instrucciones, órdenes y orientaciones sobre los aspectos técnicos y administrativos;

k)

Atender los asuntos relacionados con la administración del personal, verificar las quejas y reclamos, comprobar el comportamiento de los empleados y proponer las soluciones adecuadas de acuerdo con los reglamentos;

l)

Colaborar con la Oficina de Organización y Métodos del Ministerio en el estudio y adopción de los sistemas y procedimientos que deban implantarse en la División. Del Grupo de Inspección Ejecutiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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