Micelio

Artículo 1

Decreto 1432 de 1963 · Por medio del cual se modifica una disposición

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las empresas telefónicas urbanas, oficiales o particulares, establecerán conexión con la red nacional de larga distancia. Para el efecto, será por cuenta de ellas el suministro de la totalidad de los órganos de conexión y accesorios necesarios dentro de la planta interna urbana, y por cuenta de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, el de los correspondientes en la central de larga distancia. En relación con la canalización y/o los cables para la conexión entre una y otra central, ellos serán palados po rmitad, por las dos entidades interesadas, pero podrán ser suministrados, por una de ellas, caso en el cual la otra le reintegrará el valor correspondiente.

Parágrafo

Las especificaciones técnicas para la canalización y/o los cables para la conexión entre una y otra central, serán suministradas por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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