Si en el momento de las revisiones se encontrare que cualquiera de los elementos no reúne las condiciones señaladas en este Decreto se condenarán tales elementos y se impondrá al dueño o tenedor una multa de $ 200.00 a $ 1.000.00 por cada instrumento de pesar y medir que no esté ajustado a las disposiciones legales, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 70 de este Decreto y de las demás sanciones de orden policivo, penal o civil a que hubiere lugar.
Entiéndase por condenación la postura de un sello con esta leyenda "Condenado por orden de la Autoridad". Las pesas y medidas, lo mismo que los instrumentos de pesar y medir que hayan sido condenados, no podrán usarse mientras no sean arreglados convenientemente y presentados de nuevo a la autoridad respectiva para que, si los encontrare en perfecto estado de funcionamiento, les ponga el sello de garantía.