Subsecretaria de Investigaciones Disciplinarias. Conforme a las políticas e instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretaría de Investigaciones Disciplinarias, para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, las siguientes
Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a prevenir la comisión de conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias;
Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la Entidad;
Ejercer funciones de Policía Judicial para adelantar indagaciones preliminares o investigaciones disciplinarias cuando sea necesario;
Vigilar la conducta de los servidores públicos tributarios y aduaneros y adelantar las investigaciones disciplinarias por enriquecimiento ilícito u otras irregularidades administrativas a que haya lugar en la entidad y coordinar con las dependencias correspondientes de la Procuraduría General de la Nación y demás organismos competentes, los asuntos relacionados con el control de actuaciones de los servidores públicos tributarios y aduaneros;
Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los casos sobre ineficiencia e inmoralidad de los servidores públicos tributarios y aduaneros de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, conforme a los procedimientos legales;
Proferir y/o proyectar los actos administrativos que resuelven aspectos relacionados con las investigaciones disciplinarias que se adelanten;
Resolver los recursos interpuestos contra los actos administrativos en materia disciplinaria, que sean competencia de la Subsecretaría de Investigaciones Disciplinarias, de acuerdo con las normas que regulan la materia; h Definir y ejecutar el Plan de Supervisión y Control del área a nivel nacional; i) Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de sus planes, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia; j) Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y desarrollo adecuado de las actividades del área a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la Oficina de Planeación; k) Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Investigaciones Disciplinarias, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad; I) Las demás que le asigne el Secretario General.