Artículo único. Abrese un crédito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910, por la suma de sesenta mil pesos, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS
Gastos varios.
Artículo 528. Para obras de fomento, con motivo de la celebración del Centenario de la Independencia, sesenta mil pesos ($ 60,000).