Artículo primero. Escala de Remuneración. A partir del 1o. de enero de 1996, fíjase la siguiente escala de remuneración para los empleos del área Técnico-Científico del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química, Ingeominas: Grado Asignación Básica 01 486.533 02 543.724 03 607.989 04 667.843 05 722.723 06 779.199 07 823.507 08 867.816 09 912.122 10 956.429
En la escala de remuneración fijada en el presente artículo, la primera columna señala los grados de remuneración, la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.