Micelio

Artículo 2

Fíjase En Doscientos Pesos ($ 200) La Asignación Mensual Del Capellán De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, Y En Trescientos Pesos ($ 300) La Del Capellán De La Sección Primera Del Mismo Ferrocarril

Decreto 1252 de 1928 · Por el cual se crea un puesto, se hace un nombramiento y se fijan unas asignaciones en el ramo de Obras Públicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fíjase en doscientos pesos ($ 200) la asignación mensual del Capellán de la sección segunda del ferrocarril central del Norte, y en trescientos pesos ($ 300) la del Capellán de la sección primera del mismo ferrocarril. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1252 de 1928