Articulo 11 . Las Corporaciones de Ahorro y Vivienda deberán mantener un encaje del 6%, sobre los depósitos en "Cuenta de Ahorro Especial" de valor constante. Este encaje estará representado en obligaciones de valor constante, sin interés, emitidas por el FAVI.
Decreto 880 de 1982 →Vigente
Artículo 11
Decreto 880 de 1982 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el funcionamiento de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y se adiciona el artículo 2º del Decreto 1084 de 1981.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.