Fondos De Pensión En El Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad
Decreto 2373 de 2010 · por el cual se establece el esquema de multifondos para la administración de los recursos de pensión obligatoria del régimen de ahorro individual con solidaridad y para laspensiones de retiro programado y se reglamenta parcialmente la Ley 1328 de 2009.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Fondos de pensión en el régimen de ahorro individual con solidaridad . Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía, en adelante la(s) administradora(s) deberán ofrecer tres (3) tipos de fondos de pensiones obligatorias elegibles por los afiliados no pensionados durante la etapa de acumulación, así
1.
Fondo Conservador;
2.
Fondo Moderado;
3.
Fondo de Mayor Riesgo. Igualmente deberán ofrecer un (1) Fondo Especial de Retiro Programado para los afiliados pensionados y los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.