Ninguna Obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo este perfeccionado, incluyendo pago de impuestos de timbre y derechos de publicación, certificado de reserva y fondos, expedido por la Auditoria Fiscal. Aprobación de Dainco, si su cuantía lo exigiere, y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionadas con el respectivo contrato.
Decreto 3646 de 1983 →Vigente
Artículo 12
Ninguna Obra Se Podrá Iniciar Sin Que El Contrato Respectivo Este Perfeccionado, Incluyendo Pago De Impuestos De Timbre Y Derechos De Publicación, Certificado De Reserva Y Fondos, Expedido Por La Auditoria Fiscal
Decreto 3646 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 006 del 15 de noviembre de 1983. expedido por el Consejo Intendencial de Casanare
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.